Artículo Tercero. – Objeto: EL Hospital Regional de Moniquirá Empresa Social del Estado, tiene como objeto la prestación de servicios de salud, entendidos como un servicio público esencial y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud del Departamento de Boyacá. En desarrollo de este objeto adelantara acciones de promoción, prevención fomento y conservación de la salud y de prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad.
El Hospital Regional de Moniquirá, Empresa Social del Estado para efectos de dar cumplimiento a su objeto, actuará en concordancia con las políticas, planes, programas y proyectos que en materia de prestación de servicios de salud establezca la Secretaria de Salud de Boyacá.
Artículo Sexto. – Objetivos: Para cumplimiento se su Objeto y de conformidad con el Artículo 4º del Decreto 1876 de 1994, el Hospital Regional de Moniquirá, Empresa Social del Estado, cumplirá con los siguientes objetivos:
- Contribuir con el desarrollo del País y del Departamento, colaborando a mejorar la calidad de vida, y reduciendo la morbilidad, la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia.
- Producir servicios de salud oportunos y efectivos en forma eficiente, que cumplan con las normas de calidad establecidas para tal efecto.
- Prestar los servicios de salud que la población usuaria requiera y que, de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles, pueda ofrecer.
- Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la responsabilidad social y financiera de la Empresa.
- Ofrecer a las Entidades Promotoras de Salud, a las Administradoras del Régimen Subsidiado y demás personas naturales o jurídicas que lo demanden, servicios y paquetes de servicios a tarifas competitivas en el mercado.