Hospital Regional Moniquirá

Funciones y deberes

Ordenanza de conformación del Hospital
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Ordenanza No 023 de 1999. Por Medio de la cual se define la naturaleza jurídica del Hospital San José del municipio de Moniquirá, institución de naturaleza indefinida, creándolo como Hospital Regional de Moniquirá, Empresa Social del Estado del orden Departamental

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Funciones
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1. Contribuir al desarrollo del país y del departamento, colaborando a mejorar la calidad de vida, y reduciendo la morbilidad, la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia evitables en la población usuaria, en la medida en que esto esté a su alcance.
2. Prestar servicios de salud oportunos y efectivos en forma eficiente, que cumplan con las normas de calidad establecidas para tal efecto.
3. Prestar los servicios de salud que la población usuaria requiera y que, de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles, pueda ofrecer, para lo cual podrá prestarlos en forma directa o mediante la contratación de terceros.
4. Garantizar, mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la empresa.
5. Ofrecer a las Entidades Promotoras de Salud, Administradoras del Régimen Subsidiado, Administradoras de Riesgos Profesionales y demás personas naturales o jurídicas que lo demanden, servicios de salud y paquetes de servicios a tarifas competitivas en el mercado.
6. Atender los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamiento.
7. Garantizar los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria en el desarrollo organizacional, la gestión y control de la empresa, de conformidad con las normas que regulan la materia.
8. Prestar directamente o a través de la contratación servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas de la población en relación con la promoción, el fomento, la conservación de la salud y la prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad.
9. Atender las necesidades esenciales y secundarias de salud de la población usuaria a través de acciones organizativas, técnico-científicas y técnico-administrativas.
10. Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la empresa mediante la aplicación de principios y técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus recursos, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera.

Deberes
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1. Ofrecer un trato digno, respetuoso y considerado a todo el personal del hospital igual que otros pacientes y sus familias
2. Cumplir todos los requisitos exigidos para su adecuada atención
3. Cuidar su salud y la de su comunidad
4. No discriminar a persona alguna en razón de su raza, sexo, condición o culto religioso.
5. Cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes y demás normas; así como las políticas y normas internas del hospital.
6. Respetar y cuidar las instalaciones, los equipos y otros utilizados para su cuidado y puestas a su servicio por la entidad de salud.
7. Reportar al personal del Hospital cualquier situación que considere anómala o que pueda atentar contra sus derechos como ser humano y paciente
8. Cumplir los compromisos, tratamientos e instrucciones que brinda el personal de salud para su atención integral
9. Suministrar información clara, completa, oportuna y veraz sobre su estado de salud
10. Firmar el consentimiento de alta voluntaria en los casos de NO aceptación de los métodos de tratamiento
11. Cancelas en facturación cuando le corresponda de acuerdo a cotizaciones y pagos obligatorios a que haya lugar

Derechos
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1. Elegir libremente al profesional de salud y consentir o rechazar cualquier procedimiento informado por él, a sus familiares o representante legal
2. Disfrutar de una comunicación clara con el medico que le permitan obtener la información suficiente respecto a la enfermedad que padece.
3. Recibir un trato digno respetando creencias y costumbres, así como optar por alternativas terapéuticas.
4. Que su historia clínica sea tratada de manera confidencial y que solo con su autorización pueda ser conocida excepto en los casos determinados por la Ley.
5. Que le presten durante el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia medica disponible, respetando sus deseos con relación a los tratamientos propuestos.
6. Recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios, tanto de los profesionales de la salud como del hospital.
7. Recibir o rehusar apoyo espiritual, moral o religioso de acuerdo con sus creencias o convicciones
8. Que le respeten la voluntad de participar o no, en investigaciones realizadas por personal científicamente calificado.
9. Que se respete su voluntad de rehusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otro enfermo, habiendo cumplido previamente con los requisitos de Ley
10. Morir con dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de la enfermedad.

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